JUNIO… MES DEL ARTISTA NACIONAL




Junio, es el Mes del Artista Nacional, sin importar en cual expresión se desempeñe; en las artes plásticas, escénicas, teatrales, dancísticas, artesanales, audiovisuales, cinematográficas o musicales; lo importante es que represente la cultura de nuestro país a través de sus cualidades histriónicas.

Esta celebración tiene su origen en el famoso Decreto 598, de fecha, 3 de diciembre de 1974, donde establecía una programación obligatoria de 50 % de música nacional en todas las emisoras del país. Este Decreto conocido popularmente como el 1X1, fue impulsado por el presidente de la República Carlos Andrés Pérez y publicado en Gaceta Oficial N° 30.680, el cual rezaba: "que las estaciones de radiodifusión sonora están obligadas a incluir en sus programas musicales diarios de 50 % de música venezolana en sus distintas manifestaciones: folclórica, típica o popular".

Los objetivos que pretendía el Gobierno nacional con este Decreto eran: El enaltecimiento de la cultura venezolana y los valores autóctonos, el reforzamiento de la identidad nacional en la generación de relevo a través de su música, la promoción de los artistas y cantautores venezolanos y su posicionamiento en el mercado juvenil, el detenimiento de la "invasión" de valores foráneos entre los jóvenes venezolanos.

Los radiodifusores de la época interpretaron la norma a su conveniencia y entorpecieron el sentido original del Decreto, para así perjudicar la radiodifusión de la música tradicional de Venezuela, muy específicamente la música folclórica y típica de nuestros pueblos.

El 28 de octubre de 1985, el presidente Jaime Lusinchi, reitera el cumplimiento del Decreto con una supervisión un poco más efectiva, lo que generó la aparición de varios cantantes de la música popular venezolana, entre ellos: Franco de Vita, Ricardo Montaner, Guillermo Dávila, Yordano Dimarzo, Karina, Daiquirí, Elisa Rego, Natusha, entre otros, pero también surgieron cantantes y grupos de música tradicional.

El 7 de diciembre de 2004, entra en vigencia la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, conocida como la ley RESORTE, la cual fue reformada según Gaceta Oficial N° 39.579, sumándole el control de los medios electrónicos, y donde se establece en el artículo 14 "que la producción nacional tendrá amplio espacio dentro del esquena radial venezolano, y reza: "(…) durante los horarios todos usuario y supervisado, los servicios de radio y televisión que difundan obras musicales, deberán destinar a la difusión obras musicales venezolanas, al menos, cincuenta por ciento de su programación musical diaria y se deberán identificar sus autores, autoras, intérpretes y género musical al cual pertenecen". Esta norma específicamente establece en otro artículo, que es de carácter obligatorio la incorporación, en 25 % de los espacios, de las obras de índole tradicional o folclórica.

Los representantes de los medios de comunicación radioeléctricos siempre han buscado la manera de esquivar la transmisión de la música tradicional de Venezuela, por la creencia de que no tiene público, pero ellos sí han creado audiencias para distintos géneros musicales foráneos que dejan mucho que decir como expresiones musicales de la humanidad.

Para finalizar esta publicación, queremos enviar un cordial saludo y un abrazo solidario a todos los artistas venezolanos en sus distintas manifestaciones, en el Mes del Artista Nacional, aunque sabemos que no hay mucho que celebrar.


Por: Agustín Arteaga

APOSTADORES MARACUCHOS


Dos apostadores enfermizos están mirando a la vieja del frente que tiene las piernas abiertas y dicen: - La pantaleta de la señora es negra; el otro apostador brinca y dice: - NO! es marrón... Mandan a un carajito a verificar de qué color es la pantaleta y al regresar les dice: - Se pelaron los dos, ni es negra ni es marrón… son moscas.